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🏗️ Ramos patrimoniales II: transporte, caución, riesgos técnicos y responsabilidad civil

Cuatro ramos para riesgos que se mueven, se garantizan, se construyen o se reclaman

Este bloque agrupa los ramos patrimoniales que un agente encuentra apenas sale del mercado individual y entra en el negocio de empresas. Todos comparten la base del contrato de seguro del Código Civil paraguayo (arts. 1546 y ss.) y la supervisión de la Ley N° 827/96, pero cada uno tiene una lógica propia que conviene no mezclar: en transporte el riesgo se desplaza; en caución el asegurador garantiza el cumplimiento de un tercero; en riesgos técnicos se cubre una obra o una máquina durante su ejecución o su operación; en responsabilidad civil se protege el patrimonio frente a reclamos ajenos.

Transporte: la cobertura viaja con la mercadería

El seguro de transporte cubre las mercaderías —y, en su caso, el medio de transporte— durante un trayecto determinado. Su delimitación no es sólo temporal sino espacial: la garantía suele extenderse de almacén a almacén, es decir desde la salida del depósito de origen hasta la llegada al de destino, con plazos máximos de permanencia tras la descarga. Intervienen el expedidor, el destinatario y el transportista, y es frecuente el seguro por cuenta ajena, porque quien contrata no siempre es el titular del interés. Los documentos —carta de porte, conocimiento de embarque, factura comercial, packing list— son la prueba del viaje y del valor.

Del derecho marítimo proviene la distinción entre avería particular, que soporta el interés afectado, y avería gruesa, el sacrificio o gasto extraordinario hecho deliberadamente para la salvación común y que se reparte entre todos los intereses beneficiados. Las exclusiones típicas —embalaje insuficiente, vicio propio, merma natural, demora— responden a la misma idea: no es asegurable lo que deriva de la naturaleza del bien o de una decisión del asegurado. Pagada la indemnización, el asegurador se subroga contra el transportista responsable, lo que convierte la conservación de reservas y protestas en un asunto económico y no meramente formal.

Caución: un seguro que garantiza, no que indemniza un bien

El seguro de caución es el más atípico del bloque. Aquí el asegurador garantiza al asegurado-beneficiario el cumplimiento de las obligaciones que asume el tomador. Si el tomador incumple, el asegurador paga al beneficiario y luego repite contra el tomador: la operación no termina, como en un seguro de daños, con la asunción definitiva del costo. Por eso la suscripción de caución se parece más a un análisis de crédito que a una evaluación de riesgo físico: se estudia la solvencia y la capacidad técnica del tomador y se exigen contragarantías. Las modalidades más frecuentes son la garantía de mantenimiento de oferta, la de fiel cumplimiento de contrato, la de anticipo y la de sustitución de fondos de reparo, además de las cauciones aduaneras y judiciales.

Riesgos técnicos: la obra y la máquina

Los riesgos técnicos cubren bienes durante fases especialmente expuestas. El todo riesgo construcción ampara una obra civil mientras se ejecuta; el todo riesgo montaje, el ensamblaje y las pruebas de instalaciones industriales; la rotura de maquinaria, los daños accidentales internos de un equipo en operación; y el equipo electrónico, los daños de hardware y, según el plan, portadores de datos y mayores costos de operación. Son coberturas de riesgos nombrados a la inversa: cubren todo daño accidental salvo lo expresamente excluido, típicamente el desgaste, el defecto de diseño y los daños derivados de la falta de mantenimiento. Suelen incluir un período de mantenimiento posterior a la recepción de la obra y asegurar simultáneamente a comitente, contratista y subcontratistas.

Responsabilidad civil: el patrimonio frente al reclamo de un tercero

La responsabilidad civil no asegura una cosa sino una deuda potencial. Sus variantes clásicas son la RC de explotación, por la actividad ordinaria del establecimiento; la RC de productos, por los daños que causan los bienes puestos en el mercado; la RC profesional, por los errores en la prestación de un servicio técnico; y la RC patronal, por los daños a los propios dependientes. Dos definiciones deciden todo en este ramo: el límite —por acontecimiento y agregado anual, con sublímites y gastos de defensa dentro o fuera del límite— y el criterio temporal, que puede ser por ocurrencia (responde la póliza vigente cuando ocurrió el hecho) o por reclamación (responde la vigente cuando se formula el reclamo). En riesgos de manifestación tardía, elegir mal ese criterio o cambiar de asegurador sin previsión deja períodos enteros sin cobertura efectiva.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Qué cubre principalmente el seguro de transporte de mercaderías?

  1. La responsabilidad del transportista frente a los terceros que resulten damnificados
  2. El flete impago
  3. El valor del vehículo de transporte que se encarga de trasladar la carga asegurada
  4. Los daños o pérdidas que sufren las mercaderías durante el trayecto asegurado

El interés asegurado es la mercadería expuesta a los riesgos del viaje, no el vehículo ni la deuda de responsabilidad del porteador. Cada uno de esos intereses requiere una cobertura distinta, aunque puedan contratarse en la misma compañía. La exigencia de solvencia y de reaseguro adecuado proviene del régimen prudencial de la Ley N° 827/96.

2. ¿Qué significa que una cobertura de transporte opere de almacén a almacén?

  1. Que la garantía se extiende desde la salida del depósito de origen hasta la llegada al de destino
  2. Que sólo cubre mientras la mercadería está depositada
  3. Que cubre únicamente el tramo marítimo de la travesía, quedando fuera los trayectos terrestres previos
  4. Que se limita a los depósitos del propio asegurado y excluye el trayecto entre ambos establecimientos

La delimitación de la cobertura de transporte es espacial y no sólo temporal: sigue el trayecto completo, incluidas las operaciones de carga, transbordo y descarga. Fuera de ese recorrido, o vencidos los plazos de permanencia previstos, la garantía cesa. La delimitación del riesgo asegurado es materia contractual regida por el Código Civil paraguayo.

3. Una mercadería llega a destino y permanece en depósito del destinatario durante dos meses hasta que sufre un daño. ¿Qué debe verificarse?

  1. Se cubre siempre por tratarse de la misma mercadería, ya que la garantía acompaña al bien hasta que el destinatario lo consume o lo revende
  2. Si el flete fue abonado, ya que la cobertura se prolonga mientras exista saldo pendiente
  3. Si el transportista mantenía su propio seguro, que desplaza al del dueño de la carga durante el depósito
  4. Si el hecho ocurrió dentro del plazo de permanencia previsto tras la descarga o si la cobertura cesó

El seguro de transporte no es una cobertura indefinida de almacenamiento: expira al completarse el trayecto o al vencer el plazo pactado tras la descarga. El almacenamiento prolongado requiere una póliza de incendio o de riesgos de depósito. La subrogación contra el responsable está prevista en el régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo.

4. ¿Por qué es frecuente el seguro por cuenta ajena en el ramo transporte?

  1. Porque el asegurador exige que sea un tercero ajeno a la compraventa quien contrate la póliza
  2. Porque la ley lo impone
  3. Porque el transportista es siempre el asegurado, sea quien sea el titular de la mercadería cargada
  4. Porque quien contrata la cobertura no siempre es el titular del interés sobre la mercadería

Según las condiciones de venta, el riesgo puede estar en cabeza del vendedor o del comprador aunque la póliza la contrate uno de ellos. El seguro por cuenta ajena reconocido en el Código Civil paraguayo resuelve esa disociación entre tomador y asegurado.

5. ¿Qué documento acredita el contrato de transporte terrestre de mercaderías?

  1. La póliza de seguro
  2. La factura de la prima
  3. La carta de porte
  4. El certificado de matrícula del agente

La carta de porte documenta el contrato de transporte, identifica la mercadería y permite verificar el trayecto y las condiciones de entrega. Junto con la factura comercial es la prueba básica del viaje y del valor asegurado. La acumulación de riesgos y su reaseguro integran el análisis de solvencia de la Ley N° 827/96.

6. ¿Qué función cumple la factura comercial en la liquidación de un siniestro de transporte?

  1. Determina la comisión del intermediario
  2. Acredita el valor de la mercadería transportada, base de la indemnización
  3. Sustituye la denuncia del siniestro
  4. Fija el plazo de prescripción

El valor asegurable de la mercadería suele determinarse por su valor de factura, con los recargos pactados de flete y gastos. Sin ese respaldo documental resulta muy difícil acreditar la cuantía del perjuicio. Las exclusiones deben ser claras y de interpretación restrictiva conforme a la Ley N° 1334/98.

7. ¿Qué diferencia hay entre avería particular y avería gruesa?

  1. La particular la soporta el interés afectado; la gruesa se reparte entre los beneficiados
  2. Ninguna: ambas designan el daño sufrido por la carga durante la travesía, según la terminología de cada póliza
  3. La gruesa afecta sólo al buque y la particular sólo a la carga, según el bien sobre el que recae el daño
  4. La particular sólo existe en el transporte aéreo y la gruesa en el marítimo, según el medio empleado para trasladar la mercadería asegurada en cada caso

La avería gruesa nace de una decisión adoptada para salvar el conjunto de la expedición, y por eso su costo se distribuye entre todos los intereses salvados. La avería particular, en cambio, es un daño accidental que recae sobre quien lo sufre. La exigencia de solvencia y de reaseguro adecuado proviene del régimen prudencial de la Ley N° 827/96.

8. Para aligerar una embarcación en peligro se arroja al agua parte de la carga y con ello se salva el resto. ¿Cómo se califica ese sacrificio?

  1. Avería gruesa, repartida entre los intereses beneficiados por la salvación
  2. Avería particular del propietario de la carga arrojada
  3. Un siniestro no cubierto, por tratarse de un acto voluntario
  4. Una merma natural del viaje, a cargo del propietario

El sacrificio fue deliberado y benefició a todos los intereses de la expedición, que es la definición de avería gruesa. Su liquidación es un procedimiento técnico específico que suele requerir liquidadores especializados. Quien conservó su carga intacta contribuye igualmente al reparto, porque se benefició de la decisión que salvó la expedición según las normas del ramo.

9. ¿Por qué se excluye el daño derivado de embalaje insuficiente?

  1. Porque el embalaje no tiene valor asegurable propio y se excluye de la suma asegurada declarada
  2. Porque el transportista responde siempre de él y no cabe la cobertura
  3. Porque encarece el flete y el asegurador no participa de ese costo
  4. Porque es un defecto imputable a la preparación de la carga y no un hecho fortuito del viaje

El embalaje adecuado es responsabilidad de quien despacha la mercadería y condiciona su aptitud para soportar el transporte. Cubrir su insuficiencia trasladaría a la mutualidad un costo evitable y previsible, contrario a la lógica aleatoria del seguro. La subrogación contra el responsable está prevista en el régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo.

10. ¿Qué se entiende por merma natural en el transporte de mercaderías a granel?

  1. La sustracción de una parte de la carga durante las escalas del viaje
  2. La pérdida de peso o volumen inherente a la naturaleza del producto y a las condiciones del viaje
  3. El daño por accidente del vehículo transportador que afecta a una parte de la carga transportada a granel
  4. La demora en la entrega que hace perder valor comercial a la mercadería

La merma es una disminución esperable que no depende de un evento fortuito sino de la naturaleza del bien. Por eso suele excluirse o admitirse sólo por encima de un porcentaje de tolerancia expresamente pactado. Suele admitirse sólo por encima de un porcentaje de tolerancia pactado, porque por debajo de él es un fenómeno esperable y no un siniestro según el Código Civil paraguayo.

11. El destinatario reclama el perjuicio económico causado por la demora en la entrega de una carga. ¿Qué corresponde en principio?

  1. Se indemniza como un daño de transporte más, porque la demora integra los riesgos del trayecto
  2. No corresponde, porque la demora suele excluirse expresamente de la cobertura de mercaderías
  3. Se indemniza la mitad, por tratarse de un perjuicio indirecto
  4. Se aplica la avería gruesa y se reparte entre los intereses del viaje

La cobertura de transporte atiende el daño material de la mercadería y no las consecuencias económicas del retraso. El reclamo por demora se dirige, en su caso, contra el transportista conforme a las reglas de su responsabilidad. La Superintendencia de Seguros controla los planes y las tarifas de estos ramos conforme a la Ley N° 827/96.

12. Pagada la indemnización por un daño causado por el transportista, ¿qué puede hacer el asegurador?

  1. Nada: al pagar, el asegurador extingue toda acción sobre el hecho
  2. Subrogarse en los derechos del asegurado y reclamar al transportista responsable
  3. Exigir al asegurado que le reintegre la mitad de lo que le fue abonado por el siniestro
  4. Rescindir la póliza y descontar lo pagado de la prima futura

La subrogación del régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo traslada al asegurador la acción contra el causante del daño. En transporte, esa acción es muy relevante porque el porteador responde por la custodia de la carga.

13. El destinatario recibe la mercadería dañada y firma la conformidad sin formular reserva alguna. ¿Qué efecto puede tener?

  1. Ninguno, la reserva es un mero formalismo administrativo que no incide en el derecho del asegurador a reclamar
  2. Aumenta la indemnización, porque acredita que la mercadería llegó dañada
  3. Puede frustrar la acción contra el porteador y la subrogación luego
  4. Extiende el plazo de denuncia, que empieza a correr desde la firma

La conformidad sin reservas debilita la prueba del daño en origen y compromete el reclamo contra el porteador. Como esa acción es la que el asegurador ejercerá por subrogación, su frustración puede repercutir sobre el derecho del asegurado.

14. ¿Qué diferencia hay entre una póliza de transporte por viaje y una póliza flotante?

  1. Ninguna: ambas amparan los envíos de un mismo cargador durante el período contratado
  2. La de viaje se emite sin prima previa y la flotante exige el pago íntegro al contratar
  3. La flotante sólo cubre el transporte aéreo y la de viaje el terrestre, según el medio empleado en cada despacho de mercadería
  4. La de viaje cubre un envío determinado; la flotante, los envíos de un período

Quien despacha esporádicamente contrata por viaje; quien lo hace de manera continua necesita una modalidad que evite gestionar una póliza por envío. La flotante exige declaraciones veraces y oportunas, cuya omisión puede dejar un despacho sin cobertura. La exigencia de solvencia y de reaseguro adecuado proviene del régimen prudencial de la Ley N° 827/96.

15. ¿Qué medios de transporte pueden ser objeto de este ramo?

  1. Sólo el terrestre, único regulado en el país
  2. Terrestre, fluvial, marítimo y aéreo, según el trayecto asegurado
  3. Sólo el marítimo y el fluvial, por su tradición
  4. Únicamente el transporte aéreo internacional de mercaderías y valores

El ramo se organiza por trayecto y no por modo, de manera que una misma expedición puede combinar varios medios. Esa flexibilidad exige delimitar con precisión el recorrido cubierto en las condiciones particulares. Una misma expedición puede combinar varios modos, y por eso lo que delimita la cobertura es el trayecto descrito y no el vehículo utilizado.

16. ¿Cómo suele determinarse la suma asegurable en un seguro de mercaderías?

  1. Por el peso y el volumen de la carga declarados en la guía
  2. Por el importe del flete convenido con el transportista
  3. Por el valor del vehículo que transporta la carga y el importe del flete efectivamente convenido con el transportista
  4. Por el valor de factura más el flete y la utilidad

El perjuicio del asegurado comprende lo que pagó por la mercadería y los costos incurridos hasta el destino. Incluir un porcentaje adicional de utilidad debe pactarse expresamente y respetar el principio indemnizatorio del Código Civil paraguayo.

17. Una carga asegurada llega con parte de la mercadería mojada por lluvia durante un transbordo a la intemperie. ¿Qué debe analizarse?

  1. Si la mojadura está comprendida y si el embalaje resultaba adecuado
  2. No hay cobertura porque la lluvia es un fenómeno natural excluido de todo seguro de transporte terrestre
  3. Si el flete estaba pagado al momento del transbordo de la carga
  4. Si el transportista contaba con habilitación para operar en ese puerto

La cobertura depende del alcance contratado, que puede ir de un elenco restringido de riesgos a una modalidad amplia de todo riesgo. Además debe verificarse el embalaje, cuya insuficiencia constituye una exclusión habitual del ramo. Las cargas del asegurado ante el reclamo derivan del contrato de seguro del Código Civil paraguayo.

18. ¿Qué garantiza el seguro de caución?

  1. Los daños materiales que sufra un bien de propiedad del tomador de la garantía ya otorgada
  2. El cumplimiento de las obligaciones que el tomador asume frente al asegurado-beneficiario
  3. La vida del tomador
  4. La responsabilidad civil del beneficiario

En caución el asegurador no indemniza un bien propio del tomador sino que garantiza a un tercero el cumplimiento de una obligación. Esa estructura triangular es lo que distingue al ramo del resto de los seguros patrimoniales. El asegurador no indemniza un bien propio del tomador sino que responde ante un tercero, y después repite contra aquél: es la estructura triangular que define al ramo.

19. ¿Quién es el asegurado o beneficiario en una póliza de caución?

  1. El tomador que solicita la garantía
  2. El acreedor de la obligación garantizada, a cuyo favor se emite la póliza
  3. El intermediario que colocó la operación
  4. El reasegurador

El beneficiario es quien recibirá la indemnización si el tomador incumple, aunque no sea quien contrató ni quien paga la prima. La disociación entre tomador y asegurado es característica del ramo y suele generar confusión en la práctica. La delimitación del riesgo asegurado es materia contractual regida por el Código Civil paraguayo.

20. Tras pagar al beneficiario por el incumplimiento del tomador, ¿qué puede hacer el asegurador de caución?

  1. Nada, asume el costo definitivamente
  2. Reclamar al beneficiario la devolución
  3. Repetir contra el tomador el importe abonado
  4. Rescindir todas sus pólizas

A diferencia de un seguro de daños clásico, en caución el costo final debe recaer sobre el tomador incumplidor. El derecho de repetición y las contragarantías exigidas al contratar son la pieza central de la economía del ramo. La acumulación de riesgos y su reaseguro integran el análisis de solvencia de la Ley N° 827/96.

21. ¿Por qué la suscripción de caución se parece más a un análisis de crédito que a una evaluación de riesgo físico?

  1. Porque el riesgo depende de la solvencia y la capacidad del tomador para cumplir su obligación
  2. Porque el asegurador presta el dinero al tomador y luego lo recupera en cuotas
  3. Porque no interviene el beneficiario en la evaluación previa del riesgo que se asume en la operación
  4. Porque no se cobra prima sino un interés sobre el monto garantizado

El siniestro se produce por un incumplimiento contractual, no por un evento natural, de modo que el análisis se centra en la situación económica y técnica del tomador. Por eso se exigen estados contables, antecedentes y contragarantías. El interés asegurable exigido por el Código Civil paraguayo determina quién puede reclamar y por cuánto.

22. ¿Qué garantiza una caución de mantenimiento de oferta?

  1. La calidad de los bienes entregados y su conformidad con el pliego de la licitación adjudicada
  2. Que el oferente sostendrá su propuesta y suscribirá el contrato si resulta adjudicado
  3. La devolución del anticipo que el comitente entregó al adjudicatario
  4. La liberación de las retenciones practicadas sobre los certificados de obra

Esta garantía protege al convocante frente al retiro injustificado de una oferta o la negativa a firmar el contrato adjudicado. Es la primera de la secuencia habitual de cauciones en una contratación de obra o suministro. Se libera al firmarse el contrato y la reemplaza la de fiel cumplimiento: encadenar mal esas garantías deja al beneficiario sin cobertura en el tramo intermedio.

23. ¿Qué garantiza una caución de fiel cumplimiento de contrato?

  1. Que el tomador presentará una oferta
  2. La reparación de vicios ocultos por diez años
  3. El pago de la prima
  4. La ejecución de las obligaciones asumidas en el contrato adjudicado

La caución de fiel cumplimiento cubre al beneficiario frente al incumplimiento total o parcial de las prestaciones contratadas. Sucede a la de mantenimiento de oferta una vez firmado el contrato. La exigencia de solvencia y de reaseguro adecuado proviene del régimen prudencial de la Ley N° 827/96.

24. ¿Qué finalidad tiene una caución de anticipo?

  1. Garantizar el pago del precio convenido al contratista una vez que haya ejecutado la obra contratada en plazo
  2. Cubrir los daños de la obra
  3. Asegurar la correcta aplicación o la devolución de los fondos entregados por adelantado al tomador
  4. Garantizar la calidad final de los trabajos

El anticipo entrega dinero antes de que exista contraprestación, lo que expone al comitente si el contratista no ejecuta. La garantía se reduce habitualmente a medida que el anticipo se amortiza con el avance de la obra. La acumulación de riesgos y su reaseguro integran el análisis de solvencia de la Ley N° 827/96.

25. ¿Para qué sirve una caución sustitutiva de fondos de reparo?

  1. Para liberar las retenciones sobre los certificados, sustituyéndolas
  2. Para garantizar que el oferente sostendrá su propuesta hasta la adjudicación
  3. Para cubrir los daños que la obra cause a los terceros linderos
  4. Para asegurar la maquinaria de obra que el contratista afecta al proyecto durante todo el plazo de ejecución pactado

El comitente retiene un porcentaje de cada certificado como garantía de buena ejecución, lo que inmoviliza capital del contratista. La caución permite liberar esos fondos manteniendo la protección del beneficiario. La subrogación contra el responsable está prevista en el régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo.

26. Un beneficiario ejecuta una caución alegando incumplimiento y el tomador sostiene que cumplió. ¿Cómo se aborda técnicamente?

  1. El asegurador paga siempre sin análisis previo, porque la sola intimación del beneficiario torna exigible la garantía otorgada
  2. El asegurador nunca paga sin sentencia judicial firme que declare el incumplimiento del tomador
  3. Debe verificarse el incumplimiento conforme a la póliza y al contrato garantizado
  4. La póliza se anula automáticamente ante la controversia y las partes quedan libradas al contrato

La póliza define qué constituye el siniestro y qué recaudos debe cumplir el beneficiario para reclamar. La verificación protege al tomador de ejecuciones infundadas y al asegurador de pagos improcedentes que luego deberá repetir. La subrogación contra el responsable está prevista en el régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo.

27. ¿En qué se diferencia el seguro de caución de un seguro de daños patrimoniales clásico?

  1. En caución el asegurador paga y luego repite contra el tomador; en daños asume el costo definitivo
  2. No hay diferencia sustancial: en ambos casos el asegurador indemniza un daño patrimonial ya producido
  3. En caución no hay prima sino una comisión de garantía calculada sobre el monto afianzado, y por eso la operación no integra la cartera técnica de la aseguradora
  4. En caución el tomador es el beneficiario de la garantía y en daños el beneficiario es el propio asegurador

La estructura triangular y el derecho de repetición hacen del ramo un instrumento de garantía más que de transferencia definitiva de riesgo. Esa diferencia explica sus criterios de suscripción, sus contragarantías y su tarificación. La exigencia de solvencia y de reaseguro adecuado proviene del régimen prudencial de la Ley N° 827/96.

28. ¿Qué son las contragarantías en el ramo caución?

  1. Las garantías que el beneficiario ofrece al asegurador para respaldar el reclamo que llegue a formular
  2. El reaseguro que la compañía toma para cubrir la operación garantizada
  3. La franquicia que el tomador soporta antes de que opere la garantía
  4. Los respaldos que el tomador ofrece para el eventual reintegro

Las contragarantías —fianzas personales, prendas, hipotecas, cesiones de crédito— aseguran que la repetición contra el tomador sea efectiva. Sin ellas, el ramo se transformaría en un crédito sin respaldo y su tarificación resultaría inviable. Sin contragarantías eficaces la caución deja de ser un seguro y se comporta como un crédito sin respaldo, lo que compromete la solvencia que vigila la Ley N° 827/96.

29. ¿Cuándo se extingue habitualmente la vigencia de una caución de fiel cumplimiento?

  1. Al vencer el primer año calendario desde su emisión, cualquiera sea el estado de ejecución de la obra
  2. Al comenzar la ejecución de la obra por parte del contratista
  3. Al abonarse la prima íntegra de la póliza emitida por el asegurador
  4. Al cumplirse íntegramente la obligación garantizada y liberarse la garantía por el beneficiario

La caución acompaña a la obligación garantizada y su liberación depende de la conformidad del beneficiario. Por eso la gestión de la liberación es una tarea concreta del asesoramiento profesional al tomador. Mientras el beneficiario no la libere sigue comprometiendo la capacidad del tomador, aunque la obra esté recibida y no exista ya obligación pendiente.

30. ¿Qué ampara una póliza de todo riesgo construcción?

  1. Los daños materiales que sufra una obra civil durante su ejecución
  2. La responsabilidad civil del arquitecto exclusivamente
  3. El lucro cesante del comitente
  4. La vida de los obreros

El todo riesgo construcción protege la obra mientras se ejecuta, cuando su exposición a daños accidentales es máxima. La responsabilidad profesional y los accidentes del personal requieren coberturas distintas y complementarias. Las exclusiones deben ser claras y de interpretación restrictiva conforme a la Ley N° 1334/98.

31. ¿Qué diferencia a un todo riesgo montaje de un todo riesgo construcción?

  1. Ninguna: es la misma cobertura con dos nombres comerciales según la aseguradora que la emita
  2. La construcción sólo cubre viviendas y edificios de uso residencial, mientras que el montaje se reserva a las obras públicas de gran magnitud
  3. El montaje sólo cubre la responsabilidad frente a terceros y la construcción los daños materiales
  4. El montaje se orienta al ensamblaje y las pruebas; la construcción, a la obra civil

La distinción responde al tipo de trabajo predominante y a los riesgos característicos de cada fase. En montaje adquieren especial relevancia las pruebas de funcionamiento, momento en que se concentra buena parte de la siniestralidad. La consecuencia práctica es el tratamiento de las pruebas de funcionamiento, casi inexistentes en obra civil y decisivas en montaje según lo que pacte el contrato del Código Civil paraguayo.

32. ¿Quiénes suelen figurar como asegurados en una póliza de riesgos de construcción?

  1. Únicamente el comitente, dueño de la obra y titular del interés
  2. El comitente, el contratista principal y los subcontratistas, según el alcance pactado
  3. Únicamente los proveedores de materiales y los transportistas contratados para la ejecución
  4. Sólo la entidad financiera que otorga el crédito de la obra

Todos ellos tienen interés asegurable sobre la obra y pueden verse afectados por un daño durante la ejecución. Incluirlos evita además conflictos de subrogación entre participantes del mismo proyecto.

33. ¿Qué es el período de mantenimiento en una póliza de riesgos de construcción?

  1. El plazo de pago de la prima fraccionada durante la ejecución de la obra
  2. La duración total del contrato de obra pactada con el comitente
  3. El tiempo de montaje de la maquinaria y de realización de las pruebas de funcionamiento previas a la entrega
  4. La etapa posterior a la recepción en que se cubren daños de la obra

Tras la recepción pueden manifestarse defectos originados en los trabajos realizados durante la ejecución. La extensión de mantenimiento cubre ese período con alcance limitado y plazo determinado. La subrogación contra el responsable está prevista en el régimen de seguros de daños del Código Civil paraguayo.

34. ¿Qué cubre una póliza de rotura de maquinaria?

  1. El incendio del edificio donde está la máquina
  2. La responsabilidad frente a terceros
  3. El robo de herramientas
  4. Los daños accidentales internos que sufre un equipo durante su operación

La rotura de maquinaria atiende el daño súbito e imprevisto del propio equipo, incluidas causas internas como fallas eléctricas o mecánicas. El incendio del inmueble corresponde al ramo incendio y no a esta cobertura. La Superintendencia de Seguros controla los planes y las tarifas de estos ramos conforme a la Ley N° 827/96.

35. ¿Por qué se excluye el desgaste normal en las coberturas de riesgos técnicos?

  1. Porque es difícil de medir y de peritar tras el daño
  2. Porque es un deterioro previsible derivado del uso y no un hecho accidental
  3. Porque encarecería la prima más allá de lo que el mercado paga
  4. Porque lo exige el fabricante del equipo en las condiciones de su garantía comercial

El desgaste depende del uso y del mantenimiento y carece del carácter aleatorio exigido al riesgo por el Código Civil paraguayo. Cubrirlo equivaldría a financiar con la prima de todos el mantenimiento de un asegurado.

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